Acta del Cabildo de Guayaquil (11 de Julio de 1688)

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CABILDO ABIERTO EN QUE SE NOMBRA PROCURADOR GENERAL AL CAPITÁN DON JACINTO MORÁN DE BUTRÓN, Y SE CONFIRMA LA NECESIDAD DE MUDAR LA CIUDAD AL PUERTO DE CASONES Y SE DESIGNA A DON ALONSO DE MESTANZA PARA QUE PIDA ANTE AUDIENCIA LA APROBACIÓN RESPECTIVA.

En el Nombre de Dios, Amén, Jesús.

En la Muy Noble y Leal Ciudad de Santiago de Guayaquil, en once días del mes de julio de mil y seiscientos y ochenta y ocho años, sus mercedes: General Don Fernando Ponse de León, Correxidor y Justicia Mayor de esta dicha Ciudad y su jurisdicción, por Su Majestad; y el Capitán Juan de Aguirre, Alcalde Ordinario en ella y su jurisdicción; dijeron: Que por cuanto tienen tratado se pretenda mudar la ciudad al Puerto de Casones, y para ello es necesario que este Cabildo dé poder á persona ó personas que puedan hacer dicha pretensión, y por cuanto no hay Capitulares, ni Procurador General que atienda al bien público y representación que han hecho los vecinos por diferentes memoriales, convenía hacer Cabildo Abierto para que la Ciudad y sus moradores asistan a proponer lo que más les convenga, y que se nombre Procurador para dicho efecto, y que sea persona capaz é idónea; y porque concurren las calidades necesarias en el Capitán Don Jacinto Morán de Butrón, en nombre de Su Majestad y en nombre de dicho Cabildo (se) le nombra por Procurador General de la Ciudad, el cual ace(p)te y jure; y siendo presente lo ace(p)tó y juró en forma de derecho, de usarlo bien y fielmente. Con lo cual entraron a dicho Cabildo el Doctor Don Pedro de Avilés, Comisario del Santo Oficio y Vicario Juez Eclesiástico de esta Ciudad; el Maestro Juan de Medina Lascano, Cura Interinario; el Licenciado Juan Bautista de Herr(er)a, Comisario de la Santa Cruzada; y el Padre Guardián de San Francisco; y el Padre Prior de San Agustín; y los Jueces Oficiales Reales: el Capitán Don Juan Álvarez de Avilés; el Capitán Don Prudencio del Castro; el Comisario de la Caballería, Don Francisco Casaus Lazo; el Sargento Mayor, Don Christóbal Ramírez de Arellano; el Capitán Don Diego de Eguiño; el Capitán Don Joseph Pachecho / Pacheco de Carranza; Capitán Don Joseph de Salas; el Capitán Don Juan Navarro Navarrete; Capitán Juan Álvarez, Don Pedro de Garrido Ximénez; Don Juan de Mariscal; Patricio Días Brabo; Don Diego Casaus; el Alférez Francisco de Illumbi; el Alférez Don Joseph de Ayala; Don Joseph de Cáseres; Juan de Arriola; Don Nicolás Coz Navarrete; Don Francisco Lozano, y otras muchas personas que residen o que no son vecinos, con otros sacerdotes, y, asimismo los maestros y oficiales de la Maestranza de la Ribera de todos (los) oficios; y siendo presentes se le(s) fueron leídas las proposiciones de los memoriales que dichos vecinos y oficiales presentaron y la Cédula de Merced que este Cabildo tiene para trajinar el cacao y frutos de la tierra al puerto de Acapulco, y otras cosas tocantes a esta materia para conferirlo mejor. Y, habiéndose visto se acordó lo siguiente: Y todos juntos “invoce, nemine discrepante”, atendiendo a la utilidad que será al bien público, el que se mude la ciudad, con los motivos representados en los memoriales presentados por los vecinos, acordaron y dijeron: Que se dé poder a Don Alonso de Mestanza y a las más personas que convenga para que puedan pedir sobre ello en la Real Audiencia de Quito o Gobierno Superior, o en el Real y Supremo Consejo de las Indias, todo aquello que conduzga / conduzca a la mudanza de dicha ciudad y fortificación de ella, para que se apliquen los medios destinados por su Señoría el Señor Presidente de Quito y los más que convengan, y pedir otras y cualesquiera mercedes favorables, así a la dicha mudanza como al bien público y conservación de los vecinos, vasallos de Su Magestad que (le) Dios Guarde, y que este Cabildo remita los medios necesarios para los costos y gastos de la dicha pretensión Con lo cual se acabó el dicho cabildo y lo firmaron.

Y asimismo, mandaron se pongan los memoriales en este Libro de Cabildo y se remitan (los) testimonio(s) para donde convenga. Fecho u supra. Entre reglones. Y los Jueces Oficiales Reales. Vale. Entre reglones que. No vale.

Don Fernando Ponze de León, Juan de Aguirre, Doctor Don Pedro de Avilés y Valdés, Maestro Juan de Medina, Juan Bapptista de Herrera, Gerónimo de Aguilar, Fray Nicolás Alonso de Luna, Don Joseph Basilio de Mestanza, Bachiller Blas Tovar de Palma, Bachiller Don Pedro Enríquez Yánez, Don Francisco Casaus Lasso, Alonso de Enderica, Don Christóbal Ramírez de Arellano, Don Prudencio del Castro Guzmán, Don Diego Ruiz de Heguino, Don Juan Álvarez de Avilés, Don Juan Navarro Navarrete, Don Nicolás Coz Nabarrete, Don Joseph de Salas de Valdés, Don Joseph Pacheco de Carranza, Miguel de Ollo y Echeberría, Francisco de Larrayn, Juan Álvarez, Juan de Mariscal, Francisco de Illumbi Vergara, Don Joseph de Cáceres, Don Francisco Lozano, Pedro Mariño de Lobeva, Sebastián Márques Caballero, Francisco Athanassio, Juan Izquierdo Ximénez de Zisneros, Diego Bohórquez Solórzano, Francisco Gonçales de la Vega, Juan Bauptista de Iturbi y Urdanegui, Domingo de Castro y Sotelo, Juan de Arreola, Don Joseph de Herrera, Juan Pérez Navarrete, Andrés del Balle, Manuel de la Higuera, Phelipe Gonçales de Zandoya, Fray Andrés Mideros, Don Jacinto Morán de Butrón, Prior y Vicario Provincial.

Ante mí, Don Joseph de Bances Obregón. Escribano de Cabildo y Real.

Bibliografía[editar]

  • Freile Granizo, Juan. Actas del Cabildo Colonial de Guayaquil Tomo VI: 1682 a 1689 De la Primera Época. Versión de Juan Freile Granizo, basada en la transcripción original de José Gabriel Pino Roca, revisada por Rafael Euclides Silva. Publicación del Archivo Histórico del Guayas (Santiago de Guayaquil, año 1980). Páginas: 138 a 139.